La Laguna abre el plazo de solicitudes del IBI Social con ayudas de hasta 300 euros por familia

Bienestar Social amplía en un 33% la partida para este año y saca a exposición pública unas nuevas bases reguladoras que permitirán llegar a más personas

El Área de Bienestar Social del Ayuntamiento de La Laguna recuerda que ya se ha abierto el plazo de solicitud de las ayudas sociales para las personas con escasos recursos económicos y destinadas a colaborar en el gasto del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de la vivienda habitual, con una subvención de hasta 300 euros por familia. Esta medida de apoyo público, más conocida como “IBI Social”, ha incrementado la partida económica en un 33% este año, hasta los 20.000 euros, para aumentar el alcance y adaptarse a las previsiones de demanda, pero la Concejalía quiere ir más allá y ha elaborado unas nuevas bases reguladoras, actualmente en la última fase de exposición pública, que adaptan los requisitos a las necesidades sociales detectadas en el municipio para ampliar las cuantías y llegar a más familias.

El concejal de Bienestar Social de La Laguna, Rubens Ascanio, explica que “las nuevas bases serán de aplicación el año que viene y permitirán “un programa socialmente más justo, equitativo y actualizado a las necesidades de la población, así como más realista con factores como el valor catastral de las viviendas”. Este proyecto de modificación de la Ordenanza específica está disponible para su consulta en el apartado de Anuncios municipales del portal web del Ayuntamiento, en https://cutt.ly/QKzcvCh

Con esta modificación, destaca, “queremos actualizar los límites del valor catastral adaptándolos a requisitos más realistas, como los que ya se estipulan en la Ordenanza Reguladora de las Prestaciones Sociales Municipales, facilitando que los vecinos y vecinas que cumplan con las condiciones socioeconómicas puedan acceder a esta medida de apoyo. Sería un cambio sustancial y que nos permitiría llegar a muchas más familias, en un momento donde existen más necesidades sociales que atender”.

En este sentido, Ascanio recuerda que “los restrictivos criterios y los límites en los valores catastrales aprobados en la norma de 2018 demostraron ser ineficaces desde el inicio, hasta el punto de que, sobre la expectativa de 1.500 personas beneficiarias que se anunciaron en el pasado mandato, solo una veintena pudieron acceder a esta ayuda social en su primer año. Esta norma obsoleta requiere de una intervención integral, decidida junto a la ciudadanía, para que los requisitos de adjudicación permitan que las ayudas cumplan su verdadero objetivo y ofrezcan un apoyo importante a las personas en situación de vulnerabilidad económica”.

Las personas que cumplan con los requisitos vigentes, ya pueden solicitar las ayudas relativas al último ejercicio. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas para colaborar en el gasto del IBI las personas propietarias de bienes inmuebles ubicados en el municipio de La Laguna y que cumplan los requisitos enumerados en la base Cuarta, los cuales se pueden consultar en el enlace https://cutt.ly/zGhSMpe

Para la aprobación de cada solicitud, se contemplará una cuantía del 100% de la cuota líquida que se haya pagado en el ejercicio anterior a la convocatoria en concepto de IBI de su vivienda habitual, con un máximo de 300 euros por titular. Asimismo, se eximirá a las personas beneficiarias de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la seguridad social, conforme al artículo 13.2 e) de la Ley General de Subvenciones, atendiendo a la naturaleza social y de emergencia de la medida.

Hasta el 15 de julio

El plazo finaliza el 15 de julio y toda la información sobre la convocatoria, así como el formulario de solicitud están disponibles en https://cutt.ly/FKzxg1l. La ayuda se hará efectiva mediante el correspondiente expediente de compensación con la cuantía del IBI pendiente de liquidar en el ejercicio de la convocatoria y que tendrá su reflejo en la notificación del acuerdo de concesión. En caso de que ya se haya abonado el IBI del año de la convocatoria y no pueda darse la compensación, se procederá al pago de la ayuda a la persona beneficiaria.

En el supuesto de que la persona perceptora esté acogida a cualquier fórmula de pago fraccionado y, por tanto, el importe a percibir sea superior al que resta por pagar en el momento de la aprobación de la ayuda, la diferencia se hará efectiva por transferencia bancaria a la cuenta corriente facilitada por el interesado en el modelo normalizado del Ayuntamiento.

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