Las personas mayores o con discapacidad podrán solicitar ayudas en cualquier momento del año para mejorar la accesibilidad de sus hogares o comprar mobiliario especial  

Bienestar Social de La Laguna facilita y agiliza el acceso a estas prestaciones esenciales, que históricamente se han gestionado mediante una única convocatoria anual, para garantizar que la ayuda llega cuando se necesita 

El Área de Bienestar Social del Ayuntamiento de La Laguna ha modificado la normativa municipal para que las personas mayores o con discapacidad que residan en la localidad y que carezcan de los recursos económicos suficientes puedan solicitar, en el momento en que la necesiten, una ayuda municipal que les permita renovar o adquirir mobiliario especial y equipamiento imprescindible para su bienestar, como camas articuladas, colchones antiescaras, grúas o ciertos electrodomésticos, pero también costear las obras de eliminación de las barreras arquitectónicas en su vivienda.

Hasta este momento, estas ayudas se podían solicitar en una única convocatoria anual y que se solía resolver en los meses finales del año, un cambio que “nos permite dar una respuesta más rápida y eficaz a intervenciones que son esenciales para favorecer la permanencia en el entorno, la autonomía y la seguridad de las personas mayores y con discapacidad dentro de su propio hogar”, como destaca el concejal de Bienestar Social, Rubens Ascanio.

Esta modificación se ha establecido en las nuevas Bases Reguladoras de Prestaciones Económicas municipales, una norma que regula la concesión de las ayudas sociales directas, que no se había modificado desde hace más de 7 años y que se ha adaptado a las necesidades actuales del municipio en el ámbito de los servicios sociales, a la vez que ofrece más garantías, racionaliza los requisitos para las personas solicitantes e incrementa la cuantía y la frecuencia de determinadas coberturas sociales.

Esta nueva norma flexibiliza el acceso a las ayudas necesarias para garantizar la accesibilidad y los elementos esenciales del día a día para las personas mayores en situación de dependencia y las personas con discapacidad, pero también duplica las cuantías máximas anuales destinadas a cubrir los gastos de alquiler e hipoteca para aquellas personas en riesgo de desahucio o las necesidades en alimentación y productos de higiene de las personas en situación de vulnerabilidad social, entre otras muchas materias. De hecho, el Área destina, solo este año, casi 2 millones de euros para estas ayudas directas a la ciudadanía.

Además, en el caso de las personas con discapacidad y mayores, estas prestaciones para obras y adquisición de elementos, se complementan con otras que atienden a aspectos no sobrevenidos y de carácter anual, que sí se regirán mediante convocatoria pública por operatividad administrativa.

Ya se ha abierto el plazo para que las personas con discapacidad y sus familias soliciten las prestaciones para la cobertura de tratamientos rehabilitadores de psicomotricidad, terapia del lenguaje o fisioterapia; recursos especializados para mejorar la autonomía, como sillas de ruedas o la adaptación del vehículo; alojamientos temporales de respiro familiar, servicios de apoyo educativo para lograr su integración profesional y laboral, así como gastos de transporte, residencia especializada y comedor. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 15 de octubre y la convocatoria cuenta  con una partida de 131.760 euros.

También, Bienestar Social ha abierto ya la convocatoria de las ayudas económicas complementarias para personas mayores, estas dirigidas a paliar situaciones de primera necesidad relacionadas con los gastos de alimentación y salud, que contarán con una partida cercana a los 120.000 euros.

Solo en materia de atención a las personas mayores y para garantizar las necesidades de una población de más de 60 años que asciende a casi 25.000 personas, Bienestar Social destinará este 2021 más de 3,5 millones de euros, todo ello a través de diferentes prestaciones económicas, servicios de ayuda a domicilio y teleasistencia, la financiación del Centro de Día Acaymo y varios acuerdos con instituciones para alojamiento residencial, entre otras medidas.

Asimismo, para contribuir a atender las necesidades, mejorar la autonomía e independencia y fomentar la participación en los asuntos de su localidad de las casi 17.000 personas con algún tipo de discapacidad que residen en La Laguna, se ha puesto en marcha un amplio programa de acciones que, además de partidas económicas específicas, incluyen la dotación de recursos adaptados para garantizar la accesibilidad integral en las instalaciones e iniciativas del Área de Bienestar Social, así como la creación de la figura municipal del Defensor o Defensora de las Personas con Discapacidad y del Consejo para la Discapacidad y Promoción de la Autonomía Personal del Ayuntamiento.

Trámites y requisitos

Para más información sobre los trámites y requisitos de estas ayudas, se puede llamar al Servicio municipal de Atención telefónica para Personas Mayores (SAM), disponible en la línea gratuita 900 701 011 y en horario de 9:00 a 14:00 horas. En el caso de las ayudas para personas con discapacidad, además de en las asociaciones, puede solicitarse toda la información y realizar la gestión en la nueva Oficina de información y Atención Social (OAS), en horario de 9:00 a 20:00 horas y en el teléfono 922 608 888.

Los requisitos de acceso se recogen en las Bases Reguladoras de las Prestaciones Económicas Municipales del Área de Bienestar Social e incluyen que la persona solicitante esté empadronada y acredite residencia efectiva en el municipio en la fecha de presentación de la solicitud; que la renta per cápita de la unidad familiar no sea superior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente, no estar en posesión de más propiedades que la vivienda habitual, así como que la suma de los ingresos de la unidad familiar no supere el 2,5 del IPREM.

Además, en el caso de las ayudas para mayores, la persona beneficiaria deberá tener 65 años cumplidos en el momento de presentar la solicitud o 60 años en el caso de las personas perceptoras de una pensión o ayuda asistencial (PNCI, FAS, SOVI, LISMI, PCI, RAI y análogas).

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