Un juez falla contra el Alcalde de Tacoronte por vulnerar los derechos básicos de los concejales de Sí se puede

El pasado 26 de julio el Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Santa Cruz de Tenerife falló a favor de la concejala de Sí se puede en Tacoronte, Carmen García Estévez, por vulneración de sus derechos fundamentales por parte del Alcalde de esa localidad.

Los hechos se remontan al 16 de octubre de 2012 cuando la edil ecosocialista presentó una demanda de recurso contencioso administrativo contra el decreto nº 2844/12 emitido por el Alcalde, en el que se impedía el debate de una moción contra el copago sanitario y en defensa de la sanidad pública en el pleno municipal, alegando que no se trataba de un asunto que fuera competencia de dicha institución.

La sentencia  considera que con esta decisión del primer edil tacorontero se ha vulnerado el artículo 23.1 de la Constitución española. En el documento judicial consideran que “no se trata de valorar la legalidad de un acto administrativo, sino si en su aplicación se ha infringido o discriminado un derecho fundamental”.

El juez considera que con la decisión del Alcalde se vedó “el derecho a participar en los asuntos públicos en representación de sus electores en la medida que era el pleno el llamado a decidir sobre la procedencia o no de la admisión de la moción presentada”.

La concejala ha mostrado su satisfacción por una sentencia que les reconoce el derecho a presentar las iniciativas que consideren oportunas para defender los intereses de sus electores. “El Ayuntamiento ha sido condenado a pagar las costas de este proceso y esperamos que al menos haga recapacitar al señor Alcalde ante unas prácticas que estaban limitando nuestro derecho a ejercer la oposición”, explica.

La formación ecosocialista en Tacoronte ha aprovechado también para agradecer la labor de apoyo jurídico prestado por Pedro Fernández Arcila y Jesús González Fortes, “dos compañeros abogados que nos han acompañado en un proceso que se basaba en la defensa de nuestros derechos fundamentales”.

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