Sí se puede denuncia al Ayuntamiento de Candelaria y al PSOE por violar la ley electoral
La organización demuestra ante la Junta Electoral cómo la corporación y el partido gobernante se coordinan en las redes sociales para hacer propaganda no autorizada
Sí se puede denunció en la tarde de este lunes, 15 de abril, al Ayuntamiento de Candelaria y al PSOE por violar la ley electoral. Agustín Espinosa, concejal y candidato de la organización, presentó ante la Junta Electoral documentación en la que demuestra cómo la corporación y el partido gobernante se coordinan en las redes sociales para hacer propaganda no autorizada por la normativa electoral.
La denuncia hace referencia a varias publicaciones en la página del Ayuntamiento de Candelaria en la red social Facebook, tituladas “Intervención integral en diferentes vías del municipio” (del 9 de abril pasado); “XII aniversario de la zona joven” (del mismo día); “Oficina Verde continúa sumándose al cuidado del Medio Ambiente” (del 10 de abril) y “Licitación las sombras de los parques infantiles y gimnasios urbanos” (12 de abril), que, a su vez, fueron publicadas en la página de la agrupación local del PSOE en Candelaria en la misma red social “con claros fines electoralistas”, tal como figura en el texto de la denuncia.
“En las campañas es cuando se hace evidente quiénes concurren a la competencia electoral con ánimo y talante democrático, con el fin de someterse limpiamente al criterio de la ciudadanía, y quiénes son capaces de recurrir a triquiñuelas para intentar arañar un voto. Esto también es una señal de la inseguridad y hasta desesperación con la que se presentan ante la ciudadanía. Estos trucos puedan tener poco alcance, porque la población es inteligente y tiene criterio propio; caer en estas actuaciones revela la bajeza moral de quien utiliza estos recursos”, asegura Espinosa.
En este sentido, Sí se puede recuerda que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece en su artículo 50 que las administraciones públicas tendrán que limitarse durante los periodos electorales a hacer campañas institucionales sobre el proceso electoral y tienen expresamente prohibido, desde la convocatoria de las elecciones y hasta su celebración cualquier forma, directa o indirectamente, de acciones de propaganda que contengan alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones.